A finales del pasado mes de marzo, Cinesa dio un golpe sobre la mesa en lo que respecta al status quo de la exhibición cinematográfica en España al anunciar una tarifa plana a un precio de 15,90 euros al mes; una maniobra a la que Yelmo, competidora directa, respondió anunciando el envío de palomitas y otros productos disponibles en sus establecimientos a domicilio.
La propuesta fue recibida en redes y diferentes foros de opinión —como nuestra sección de comentarios— con cierta estupefacción y críticas tanto al modelo de negocio como al precio de los snacks y bebidas en las salas. Ahora, dos semanas después, la cadena de cines ha vuelto a ser objeto de la polémica por un tema que resurge cada cierto tiempo.
¿Cine o restaurante?
Hace unos días, Miguel López, más conocido como El Hematocrítico, ha publicado un tuit en el que preguntaba por la legalidad del contenido de un cartel informativo ubicado en las instalaciones de unos cines Yelmo. En él, puede leerse que "la compañía no permite el acceso a estas instalaciones con alimentos y/o bebidas adquiridas fuera de YELMO, reservándose por tanto el derecho de admisión".
La publicación del Hematocrítico volvió a caldear el ambiente con la controversia cíclica, con muchos tuiteros subrayando que esta práctica es ilegal. Nosotros, para curarnos en salud, hemos decidido contactar con FACUA para que confirmen o desmientan si nos encontramos ante algo ilegítimo, y la respuesta no ha sido demasiado positiva para Yelmo.
Según nos ha contado el periodista y activista Rubén Sánchez, FACUA ya ha denunciado a Yelmo en varias comunidades autónomas por este mismo asunto, poniendo como ejemplo el caso concreto de Andalucía. A comienzos de 2020, la Junta de la comunidad instó a la compañía a dejar de impedir el acceso con comida y bebida del exterior en sus salas de todo el territorio andaluz, aunque Sánchez comenta que han seguido con la práctica desde entonces.
Según recoge FACUA en su web, el Jefe del Servicio de Juegos y Espectáculos públicos, aclaró en relación a los hechos acontecidos en Andalucía que "los cines no pueden acogerse a dicha condición de admisión, toda vez que no son establecimientos de hostelería o de ocio y espercimiento, conforme a la clasificación del Decreto 155/2018 (Nomenclátor). El hecho de que en su interior tengan como servicio complementario la hostelería no cambia su consideración jurídica determinada por su licencia de apertura".
Sánchez, además, ha afirmado que las autoridades de Espectáculos públicos deben intervenir y tomar cartas en el asunto, pero, por el momento, no lo están haciendo.
Otro de los últimos casos mediáticos relacionado con el acceso de alimento y bebidas a salas de cine se remonta al año 2019, cuando el Instituto de Consumo de Extremadura impuso una sanción de 3.005 euros a los Multicines España, de Badajoz, por una "infracción grave" del Estatuto de Consumo de la Comunidad. Esta llegó tras una denuncia de FACUA que señalaba una limitación abusiva del derecho de admisión reflejada en un cartel que prohibía la entrada con alimentos del exterior.
Como vemos, no son pocos los precedentes que apuntan a la ilegalidad de esta normativa de derecho de admisión, y todo sugiere que, mientras los organismos oficiales no se manifiesten con firmeza al respecto, el problema va a continuar vigente y aflorando periódicamente en forma de polémica.
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