Se aprobó hace unos escasos días y no ha tenido demasiada repercusión, pero el caso es que el Ministerio de Cultura ha cambiado el sistema de calificación por edad para las películas en España. Ha modernizado el sistema vigente y ha añadido dos nuevas: "no recomendada para menores de 16 años" y "no recomendada para menores de 12 años", que sustituye a la de 13 años anterior. El resto de calificaciones siguen igual: apta, 7 años, las mencionadas de 12 y 16 años, 18 años y película X. Las dos primeras pueden recibir la calificación de "especialmente recomendada para la infancia", algo que bien recuerda a tiempos de otro régimen.
También, se han aprobado los nuevos pictogramas gráficos que se podrán utilizar en la publicidad de las películas y en las carátulas de DVD, para facilitar el cumplimiento legal de difundir la calificación recibida. Todo esto viene a seguir la línea que en el resto de países europeos viene realizándose, pero uno acaba sacando la contundente conclusión de que sirve para bien poco.
Si un aficionado acude a la taquilla con un niño de 9 años y compra dos entradas para una película calificada de no recomendada para menos de -7- 12 años, nadie se lo impide y acaba siendo responsabilidad del adulto. Aunque esto no es nada nuevo, ya que desde siempre ha venido ocurriendo. Y es que como reconoce el propio Ministerio de Cultura, en España estas calificaciones seguirán siendo una simple recomendación formulada para padres y educadores, con la excepción de las películas X, que sí tienen una consecuencia imperativa y una obligación a la hora de la venta de entradas.
Si alguien se pregunta quién decide qué calificación debe llevar cada película, pues la respuesta es fácil. Se ha creado una comisión de evaluación intregrada por cinco hombre y cinco mujeres que serán quienes impongan la calificación. Esperemos que el criterio que sostengan esté bajo el sentido común y no permitan bochornosos casos, como el reciente 'Saw VI', que no se pudo estrenar en salas comerciales por ser calificada como película X. Aunque a tenor de lo que indican como criterios, la cosa parece que seguirá igual (y el resto de entregas de 'Saw' no podrán estrenarse a no ser que adecuen).
El caso es que creo que resulta completamente insuficiente la inclusión de estos pictogramas (horribles por otra parte) en la publicidad de las películas. Ya que podrían haber imitado a otros países donde este asunto funciona mucho mejor y lo llevan con mayor control e información de cara a los padres y educadores. Como en Holanda y Reino Unido, donde además se añaden otros pictogramas que indican concretamente qué tipo de contenidos se pueden ver: discriminación, violencia, sexo, drogas, lenguaje obsceno,...
Para los más curiosos y en nuestro afán por informar, adjunto todos los detalles en cada calificación:
Apta para todos los públicos
Es una clasificación general, no supone por sí misma que la película sea recomendable para la edad infantil. Se aplica con las siguientes condiciones:
- La película no contiene ningún elemento que pueda resultar perjudicial para el desarrollo psicológico en la infancia, con independencia del grado de dificultad que presente su contenido.
- No se incluyen escenas que puedan generar ansiedad, miedo, dolor o tensión emocional.
- No se incluyen escenas que contengan algún tipo de violencia, sea física o verbal.
- Si se incluyen prácticas discriminatorias, con especial atención a la discriminación de género, origen racial o étnico y orientación sexual, se plantean como no modélicas ni ejemplares.
- Si se incluyen referencias o descripciones de conductas antisociales, incívicas, ilegales o perjudiciales para la salud, deberá ser en un contexto que no conduzca a percibirlas como cívicas, legales o beneficiosas o inocuas para la salud.
- Si se incluyen escenas que incluyan desnudez o diálogos con connotaciones de carácter erótico o sexual, no deberán herir, a juicio de la Comisión, la sensibilidad del común de los espectadores, ni por su contenido ni por su duración.
El lenguaje empleado en esta categoría de películas evitará herir, a juicio de la Comisión, la sensibilidad del común de los espectadores.
No recomendada para menores de siete años:
No puede incluir escenas o contenido narrativo que genere momentos de gran inquietud o tensión en la menor o el menor.
- No se incluyen escenas de crueldad.
- No puede incluir escenas de gran violencia física o verbal.
- Si se incluyen prácticas discriminatorias o de abuso nunca se plantean como modélicas o ejemplares, y tenderán a provocar el rechazo de los espectadores respecto de estas conductas.
- Si se incluyen referencias o descripciones de conductas antisociales, incívicas, ilegales o perjudiciales para la salud, deberá ser en un contexto que no conduzca a percibirlas como cívicas, legales o beneficiosas o inocuas para la salud.
- Las escenas y el lenguaje con contenido erótico o sexual no superan el límite de lo que el público de esta edad puede ver o escuchar cotidianamente en un entorno social convencional.
- El lenguaje empleado en esta categoría de películas evitará herir, a juicio de la Comisión, la sensibilidad del común de los espectadores de esta franja de edad.
Especialmente recomendada para la infancia:
- Esta clasificación se añadirá a una de las anteriores ('Apta para todos los públicos' o 'No recomendada para menores de siete años') cuando se trate de películas con contenido narrativo y visual destinado a este público objetivo.
- Para ello no sólo es necesario que la película cumpla los requisitos de calificación mencionados, también ha de incluir una narración atractiva y fácilmente comprensible para las niñas y niños.
- Puede tratarse de películas que transmitan valores pedagógicos y sociales específicamente dirigidos a la infancia, aunque no se descarten otros públicos, que estimulen positivamente a la imaginación o, simplemente, películas que constituyan un entretenimiento específicamente realizado parea el disfrute del público infantil.
No recomendada para menores de doce años:
- La valoración se llevará a cabo sobre el conjunto de la película, tomando en consideración el contexto argumental y visual en el que se enmarcan cada una de las escenas.
- Puede incluir la descripción neutral o no valorativa de conductas incívicas, ilegales, discriminatorias, perjudiciales para la salud, escenas de violencia visual o verbal; en un contexto que permita al público un razonamiento sobre sus causas y sus efectos, y sin que se idealicen o planteen como modelo.
- No puede provocar miedo o tensión anímica más allá de los límites que han de marcar la transición hacia la primera adolescencia.
- No se incluyen escenas visualmente detalladas de crueldad.
- No se incluyen la apología o la banalización del consumo de drogas, o de conductas gravemente antisociales, racistas, discriminatorias o contrarias a la igualdad.
- Puede incluir escenas y diálogos de carácter sexual o erótico, valorando su percepción en función de la madurez que corresponde a esta edad, y en todo caso, siempre que se trate de conductas ejercidas libremente por sus protagonistas y no supongan violencia, abuso o discriminación, o puedan calificarse como pornográficas.
No recomendada para menores de dieciséis años:
- La película puede incluir la narración o descripción visual de la práctica totalidad de las conductas que pueden darse entre los adultos en la sociedad.
- Puede suscitar momentos de alta tensión, miedo o ansiedad.
- No incluye violencia extrema.
- No exalta o idealiza conductas criminales, discriminatorias o gravemente antisociales.
- No incluye la descripción o narración detallada de conductas seriamente vinculadas a la violencia o a situaciones de grave abuso.
- No incluye contenido pornográfico.
No recomendada para menores de dieciocho años:
Se incluye toda película que no haya superado los baremos de las categorías anteriores, sin llegar a alcanzar los límites de la categoría X. En todo caso, esta calificación supone el reconocimiento y la advertencia expresa y explícita de que se trata de una película que por su contenido no debería ser accesible a menores de edad, aunque no alcance el grado de prohibición absoluta a menores de carácter imperativo.
Película X:
- Recibirán esta calificación aquellas películas de contenido pornográfico explícito, reiterativo o detallado visualmente a lo largo de todo su relato.
- Podrán recibir esta calificación las películas que clara y manifiestamente supongan una apología de la violencia. En particular: la descripción visual detallada, reiterada o completamente acrítica de escenas de violencia extrema y daño físico grave infligido a personas de manera cruel, inhumana o degradante.
- Esta categoría se aplicará de forma muy restrictiva, tomando en consideración el conjunto de la película, así como la trama que enmarca las escenas que puedan afectar a la calificación, y valorando el impacto psicológico o emocional que pueda suponer sobre el público menor de edad.
Vía | mcu.es